Los Procedimientos de Admisión para el ingreso a las carreras de Grado de la Universidad Nacional, aprobados en Alcance No 1 a la Gaceta 4-2015, el 2 de marzo de 2015, mediante oficio R-0524-2015, en el que se establece en el apartado 2.7, Ingreso a la Universidad Nacional por vía reconocimiento y equiparación de cursos, a saber:
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”Las personas interesadas en ingresar a la Universidad Nacional por esta vía, deben contar con un mínimo de treinta y seis créditos reconocidos y equiparados, desglosados de la siguiente manera: 24 créditos reconocidos y equiparados afines a la carrera y doce créditos de estudios generales o bien treinta y seis créditos afines de la carrera, de manera que permita ubicarlas/os sin someterlas/os al proceso de selección de ingreso, al menos en un segundo nivel de carrera.
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De no cumplir con lo anterior, deben realizar el proceso admisión en los períodos establecidos y completar los requisitos de este proceso.
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El ingreso por esta vía está sujeto a la disponibilidad de cupos y los criterios establecidos por la Unidad Académica.
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La/el estudiante que ingresa a la Universidad por la vía de reconocimiento y equiparación de cursos y que desee cambiarse de carrera o cursar una segunda carrera, se le aplican los criterios establecidos para las/os estudiantes regulares.
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Para trámites de empadronamiento la/el estudiante debe haber finiquitado el proceso de equiparación, presentar boleta de empadronamiento, recibo de pago derecho de inscripción (nuevo ingreso), acuerdo de Consejo Académico de Unidad o de Sede avalando el ingreso y solicitar en el Área de Atención los comprobantes de la equiparación de los 36 créditos equiparados aprobados.
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Esta modalidad aplica tanto para estudiantes de nuevo ingreso como para estudiantes regulares.
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Para graduarse en una carrera de la Universidad Nacional, por reconocimiento y equiparación de cursos realizados en otras instituciones de Educación Superior, se debe aprobar en la Universidad Nacional, institución de residencia, veinticuatro créditos del plan de estudio de la carrera correspondiente y permanecer matriculado como alumno regular de la carrera de la institución como mínimo un año lectivo…”
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En adición, se deberá realizar la solicitud mediante oficio formal o por medio del rellenado de la boleta de estudio facilitada por la Subdirección de la Escuela de Ciencias Biológicas según el período establecido.