Los Procedimientos de Admisión para el ingreso a las carreras de Grado de la Universidad Nacional, aprobados en Alcance No 1 a la Gaceta 4-2015, el 2 de marzo de 2015, mediante oficio R-0524-2015, en el que se establece en el apartado 2.6, el cambio de carrera o segunda carrera por vía equivalencia de cursos, a saber:
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” La/el estudiante regular que tenga aprobado en su historial académico cursos de una carrera a fin a la que desea ingresar, puede realizar este trámite ante el Departamento de Registro, cuando la sumatoria de los créditos equivalente sea de treinta y seis créditos como mínimo. El ingreso por esta vía está sujeto a la disponibilidad de cupos y los criterios establecidos por la Unidad Académica.
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Esta población es admitida según lo establece la normativa existente sobre el ingreso a la Universidad Nacional vía reconocimiento y equiparación de materias. No se incluirán en el 10% mínimo establecido para el ingreso de estudiantes regulares.
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Para efectos de la sumatoria de los treinta y seis créditos equivalentes, se toman en cuenta los cursos que le hayan sido reconocidos y equiparados a la/el estudiante o cursos que sean comunes en su historial académico y que formen parte del plan de estudios de la carrera a la cual quiere ingresar.
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Para trámites de empadronamiento la/el estudiante debe haber finiquitado el proceso de equivalencia de cursos y estos deben estar incorporados en su historial académico. El estudiante deberá presentar boleta de empadronamiento y un Acuerdo del Consejo Académico de la Unidad o de Sede con el listado de cursos equivalentes, avalando el ingreso por esta vía en la cual da fe del cumplimiento de los requisitos”…
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En adición, se deberá realizar la solicitud mediante oficio formal o por medio del rellenado de la boleta de estudio facilitada por la Subdirección de la Escuela de Ciencias Biológicas según el período establecido.